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Establecen disposiciones para el disfrute de la exoneración del pago del IGTF por ventas de combustible
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a través de la Providencia Administrativa N° SNAT/2023/00003, fijó las disposiciones para el disfrute del beneficio de exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) por las ventas de combustible derivados de hidrocarburos realizadas en el territorio nacional por el Estado, sus empresas o empresas mixtas, así como por las ventas de los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina; incentivo fiscal previsto en el artículo 4° del Decreto 4767 publicado el 13 de enero en la Gaceta Oficial N° 42548. Los beneficiarios deberán actualizar el Registro de Información Fiscal e informar sobre la cuenta bancaria donde deberán realizar las operaciones. La providencia fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42570 de fecha 14 de febrero de 2023.
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