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Nueva expresión monetaria regirá a partir del 1° de octubre
La Presidencia de la República, a través del Decreto N° 4553, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42185 del 06 de agosto, estableció la nueva expresión monetaria que regirá a partir del 1° de octubre de este año, la cual se expresará en el equivalente a un millón de bolívares (Bs. 1.000.000) actuales. El bolívar continuará representándose con el símbolo Bs., siendo divisible en cien (100) céntimos. Con la nueva expresión monetaria, todo importe expresado en moneda nacional antes del 1° de octubre deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre un millón (1.000.000). La unidad monetaria vigente antes del 1° de octubre, circulará, simultáneamente, con las nuevas especies monetarias, hasta que el Banco Central de Venezuela (BCV) así lo determine. Todo lo correspondiente al redondeo, será regulado también por el BCV mediante resoluciones. En materia de precios, salarios y demás prestaciones de carácter social, así como los tributos y sumas en moneda nacional contenidas en estados financieros u otros documentos contables, o cualquier operación, deberán expresarse conforme al bolívar en su nueva escala a partir de la vigencia de la nueva expresión monetaria.

Presidencia de la República. Decreto N° 4553 del 06-08-2021. G.O. N° 42185 del 06-08-2021.
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