Los Ministerios del Poder Popular de Planificación y de Economía y Finanzas, mediante la Resolución Conjunta N° 003/023/2019, fijaron el valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU), en Mil Ciento Cincuenta Bolívares sin Céntimos (Bs. 1.150,00), la cual sustituye la Unidad Tributaria a los fines de la realización de operaciones aritméticas relacionadas con la materia de contrataciones pública y cuando dicha unidad sea utilizada con factor de cálculo aritmético para la determinación de montos en bolívares, conforme con lo establecido en la Ley Constitucional contra la Guerra Económica para la Racionalidad y Uniformidad en la Adquisición de Bienes, Servicios y Obras Públicas.
Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, Resolución Conjunta N° 003/023/2019, G.O. 41635, May. 17/19.