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Exoneran del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero
En la Gaceta Oficial Extraordinario de la República Bolivariana de Venezuela N° 6497, se publicó el Decreto N° 4080, mediante el cual el Presidente de la República exoneró hasta el 30 de junio de 2020, el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, en cuanto sea aplicable, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las personas naturales o jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en este mismo decreto. El Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Economía y Finanzas podrá, mediante resolución, modificar los códigos arancelarios correspondientes a los bienes y productos objeto de este decreto, que entró en vigencia desde el 1º de enero de 2020. La exoneración antes mencionada, se aplicará independientemente de que los bienes se importen o se adquieran en piezas completas o desarmadas, en sus partes y componentes, conforme a las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. El beneficio de exoneración previsto de este decreto, se aplicará a la fecha de registro de la respectiva Declaración de Aduanas para la importación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas; y al momento de registrar su declaración, los beneficiarios deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, la relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar, así como la factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales. Los beneficiarios que no cumplan con las obligaciones establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario y otras normas tributarias, así como en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas y sus Reglamentos, perderán el beneficio de exoneración.
Presidencia de la República. Decreto N° 4080 del 26-12-2019. G.O. Extraordinario N° 6497 del 26-12-2019.
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