Mediante el Decreto N° 3401, reimpreso por fallas en el original en la Gaceta Oficial N° 41392 del 8 de mayo de 2018, la Presidencia de la República eximió por treinta (30) días continuos cualquier tipo de control aplicable en puertos, terminales e instalaciones portuarias ubicadas en el territorio nacional, para el ingreso y nacionalización de productos importados por el sector público, con el objeto de garantizar la disponibilidad oportuna en la cadena de distribución de alimentos, fármacos y repuestos para el parque automotor.
Presidencia de la República, Decreto N° 3401, G.O. N° 41392, May. 08/18.