País
Inicio > Establecen tarifas sobre los servicios y actividades conexas del sector acuático
Establecen tarifas sobre los servicios y actividades conexas del sector acuático
En Resolución N° 033, el Ministerio del Poder Popular para el Transporte estableció las tarifas sobre los servicios y actividades conexas aplicables al sector acuático, fijando en Euros (EUR) las tarifas para los servicios de pilotaje, remolcadores y lanchaje, así como por servicios no emergentes ejecutados por bomberos marinos, registro, autorización y renovación de funcionamiento de los Centros de Producción Naval Principal, entre otros. Por otra parte, las multas impuestas por la Autoridad Acuática en razón de los procedimientos administrativos, deberán ser pagadas dentro de los quince (15) días continuos siguientes a la fecha de notificación, según planilla de liquidación de multa.

Ministerio del Poder Popular para el Transporte, Resolución N° 033, G.O. N° 41389, May. 03/18.
Zona Industrial La Urbina, Calle 8, Edif. LEGIS. Caracas -Venezuela - Apartado Postal 78041 – La Urbina 1073 - Tel: (58-212) 204.72.11 - Rif J-00057320-4 - Legislación Económica, C.A. - Email: webmaster@legis.com.co - 2010.