La Asamblea Nacional Constituyente dictó el Decreto Constituyente de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6507 Extraordinario, mediante el cual modificó varios artículos del decreto original, entre ellos, los artículos 1, 3, 4, 117, 118, 159, 161, numeral 3 del artículo 162, 164 al 168, 177 y 178, 180 y 181. Además, se modificó el Título IX, respecto a las disposiciones transitorias y finales, y se incluyó un nuevo artículo, que pasaría a ser el artículo 164, donde se estableció que las normas reglamentarias que regulan los almacenes aduaneros (in bond), estarán vigentes hasta que el Ejecutivo Nacional dicte las normas sobre la materia, lo cual realizará en un plazo no mayor de 180 días, contado a partir de la entrada en vigencia de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley. Por último, se modificó el artículo 194, el cual pasó a ser el artículo 195, que estipula que este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, entrará en vigencia cumplido el plazo de 20 días continuos, contados a partir del día siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial. De conformidad con el artículo 5 de la Ley de Publicaciones Oficiales, se imprimió en un solo texto el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley mediante el cual se dictó la Ley Orgánica de Aduanas, con las reformas antes señaladas, y en el correspondiente texto se corrigió la numeración, se sustituyeron las fechas, firmas y demás datos.
Asamblea Nacional Constituyente. Decreto Constituyente S/N° del 29-01-2020. G.O. N° 6507 Extraordinario del 29-01-2020.