A través de las Resoluciones N° 327, 333, 334 y 335, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, resolvió habilitar a los Cuerpos de Policía Instituto Autónomo de Policía Municipal de Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, Cuerpo de Policía del Estado Miranda, de Amazonas y de Lara, para ejercer atribuciones y competencias en materia de investigación penal, en delitos cuya pena máxima no exceda de ocho (8) años, según lo tipificado en el Código Penal y demás leyes especiales, de conformidad con los procedimientos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Resoluciones N° 327/333/334/335, G.O N° 41275, Nov. 09/17.