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Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista
Con el objeto de establecer mecanismos transparentes y participativos orientados a la protección de las pensiones de seguridad social frente al impacto negativo causado por las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas adoptadas contra el país, fue promulgada la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista. La nueva Ley, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.806 Extraordinario de fecha 08 de mayo de 2024, crea una contribución especial aplicable a las personas jurídicas, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, domiciliadas o no en la República Bolivariana de Venezuela, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, cuyo monto será de hasta el quince por ciento (15 %) del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial, declarada y pagada mensualmente, y recaudada por el Seniat. En ningún caso la base del cálculo de los pagos realizados a cada trabajadora o trabajador será menor al ingreso mínimo integral indexado definido por el Ejecutivo Nacional.
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