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Activan mecanismo legal previsto en el numeral 4 del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo
Mediante Resolución N° 2017-001, la Defensoría del Pueblo activó, a partir del 5 de agosto de 2017, el mecanismo legal previsto en el numeral 4 del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, según el cual son atribuciones del Director Ejecutivo ejercer el cargo de Defensor del Pueblo en el caso de vacancia absoluta y en la forma interina hasta el momento que sea designado el titular, motivado al cese de funciones como Defensor del Pueblo del Dr. Tarek Williams Saab.

Defensoría del Pueblo, Resolución N° Ddp-2017-001, G.O N° 41212, Ago. 11/17.
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