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BCV informa límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar las instituciones bancarias, casas de cambio y proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta
En Aviso Oficial, publicado en la Gaceta Oficial N° 41521 del 9 de noviembre de 2018, el Banco Central de Venezuela (BCV), informó a las instituciones bancarias, a las casas de cambio y a los proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta, los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar por operaciones o actividades, ejerciendo las facultades dispuestas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial que lo rige, en concordancia con lo establecido en la Ley de Tarjetas de Crédito, Debito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, así como el Convenio Cambiario N° 1 del 21 de agosto de 2018 y Resolución N° 18-10-02 del 16 de octubre de 2018.
Banco Central de Venezuela, Aviso Oficial, G.O. N° 41521, Nov. 09/18.
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