En el marco del ''Dispositivo Semana Santa Segura 2014'', el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con la Resolución 150, establece las normas de seguridad que deberán cumplir las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, propietarios o administradores de instalaciones donde existan piscinas o cualquier otro tipo de contenedor de agua que se utilice con fines recreacionales, deportivos o terapéuticos. Entre otros aspectos, se ordena a estas personas a disponer de personal salvavidas; colocar la normativa en lugar visible; señalizar todo lo relacionado con el uso adecuado de trampolines; prohibir arrojarse al agua efectuando maniobras que hagan peligrar a otros usuarios; separar con boyas u otros medios, las áreas de uso infantil de las del uso adulto; prever que el suelo de las piscinas y escaleras sea de material antideslizante.
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Res. 150, GO 40392, abr. 11/14