Mediante el Decreto 1.430, la Presidencia de la República crea la condecoración Orden a la Paz en su Única Clase. Esta distinción reconoce los méritos y servicios en favor de una vida libre de violencia a venezolanos o extranjeros, niños, adolescentes, estudiantes, trabajadores, civiles, militares, religiosos, entes públicos, instituciones privadas, fundaciones, colectivos y todas las fuerzas vivas de la sociedad. Así mismo, según el documento, la condecoración puede ser conferida aún después de haber fallecido la persona escogida. Igualmente, tanto el Presidente de la República como el ministro con competencia en materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, tienen la facultad para conferirla
Presidencia de la República, D. 1.430, GO. 40542, nov. 17/14