Los juzgados competentes para conocer de las acciones que interpongan los docentes universitarios con ocasión de la relación laboral que mantienen con las universidades, son los de la jurisdicción contencioso administrativa, específicamente los Tribunales Superiores Estadales de lo Contencioso Administrativo. Así lo determinó la Sala de Casación Social, mediante sentencia del pasado 20 de enero.
TSJ, S de Casación Social, Exp 2010-001362, ene 20/2012, M.P. Juan Rafael Perdomo.