Los ministerios del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública, para el Comercio y para Industrias, emitieron la Resolución Conjunta 118, 093-14 y 073, respectivamente, que facilita la importación de automóviles y tractores, adquiridos con divisas propias. La decisión comprende solamente vehículos sin fines comerciales, importados por personas naturales o jurídicas para su uso productivo o personal. Por tanto, se dispensa temporalmente la presentación de la Licencia de Importación y de otros requisitos, salvo del Certificado de Origen y Número de Identificación Vehicular. La Resolución aplica para vehículos automóviles nuevos de transporte de personas; vehículos para el transporte de mercancías; tractores con no más de cinco años de fabricación y vehículos tipo Pick Up, usados, de dos años.
Ministerios del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública, para el Comercio y para Industrias, Res. Conj. 118, 093-14 y 073, GO 40522, oct. 20/14.