País
Inicio > TSJ precisa aspectos sobre citación del demandado no presente en el país
TSJ precisa aspectos sobre citación del demandado no presente en el país
Cuando se presentare alguien por el demandado a darse por citado, solo será admitido en el caso de exhibir poder con facultad expresa para ello. Así lo advirtió la Sala Constitucional, mediante sentencia del pasado 17 de julio en la cual realizó interpretación concatenada de los artículos 227 y 224 del Código de Procedimiento Civil, referido a la citación efectiva del demandado no presente en el territorio de la República.

TSJ, S. Constitucional, Exp 14-0137, jul. 17/14
Zona Industrial La Urbina, Calle 8, Edif. LEGIS. Caracas -Venezuela - Apartado Postal 78041 – La Urbina 1073 - Tel: (58-212) 204.72.11 - Rif J-00057320-4 - Legislación Económica, C.A. - Email: webmaster@legis.com.co - 2010.