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Consideraciones sobre el desistimiento de la causa
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dejó sentadas algunas consideraciones sobre el desistimiento de la causa, manifestando que es criterio pacífico y reiterado de esta Sala que dicho desistimiento consiste en la renuncia a los actos del juicio, es decir, en el abandono de la instancia, la acción o cualquier trámite del procedimiento, y puede ser efectuado en cualquier estado y grado del proceso. También ha dicho la Sala que para que el desistimiento se pueda dar por consumado, es necesario que se cumplan dos condiciones: a) que conste en el expediente en forma auténtica, y, b) que tal acto sea hecho en forma pura y simple. Además, es necesario que la parte actúe representado o asistido por un abogado, y en el primer supuesto, que esta facultad para desistir le haya sido otorgada expresamente al apoderado judicial.

Sala de Casación Civil, Magistrado Ponente: Luis Antonio Ortiz, Expediente 2015-000444, sep. 28/15
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