La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), dejó sentadas algunas consideraciones sobre los requisitos para denunciar la violación de la expectativa plausible en la revisión constitucional. Al respecto, la Sala indicó que corresponderá al solicitante de la revisión alegar, probar y evidenciar dos extremos, en primer lugar que existe un criterio jurisprudencial consolidado y en segundo lugar que dicho criterio ha dejado de aplicarse, fue cambiado y aplicado al momento de producirse el viraje jurisprudencial simultáneamente o de forma retroactiva.
Sala Constitucional, Magistrado Ponente: Calixto Ortega, Expediente: 16-0501, dic. 15/16