La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia señaló en sentencia reciente que procede el daño moral en los casos de responsabilidad objetiva por infortunio laboral. Respecto al daño moral reclamado, en materia de infortunios laborales impera la teoría de la responsabilidad objetiva, en virtud de la cual, el patrono debe indemnizar por los daños materiales y morales causados o agravados por el trabajo, independiente de que no incurra en culpa alguna relacionada con los mismos.
Sala de Casación Social, Magistrado Ponente: Marjorie Calderón, Expediente: 2015-000174, jun. 29/16