La Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a través de la Providencia N° FSAA-9-00095, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41136, aprobó con carácter uniforme, las Condiciones Generales de las Pólizas de Seguro Patrimonial. No obstante y de conformidad con lo establecido en el punto quinto de la norma, las empresas de seguros podrán seguir utilizando las condiciones particulares de sus Pólizas de Seguro Patrimonial y demás documentos aprobados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Providencia, siempre que estén ajustados al ordenamiento jurídico y no contraríen las Condiciones Generales dictadas a través de presente acto administrativo.
Superintendencia de la Actividad Aseguradora, Providencia N° FSAA-9-00095, 4/24/2017