Mediante Decreto Presidencial se creó el Fondo Negro Primero, como órgano desconcentrado, sin personalidad jurídica, administrado, supervisado e integrado al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno. Su objeto, la capacitación, administración y pagos con los recursos provenientes de los aportes realizados por el cumplimiento del compromiso de Responsabilidad Social destinados a la satisfacción de demandas sociales, los cuales no podrán ser aplicados para atender obligaciones de los órganos y entes contratantes de la Administración Pública.
Presidencia de la República, Gaceta Oficial 40727, Decreto 1947, ago.19/15