La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia reiteró la constitucionalidad del procedimiento para atender reclamos de los trabajadores, previsto en el artículo 513 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, cuya nulidad fue solicitada. En este sentido, la Sala señaló que la norma no se aparta de los preceptos constitucionales relativos a la defensa y al debido proceso, por lo que la misma no está viciada de la inconstitucionalidad denunciada por el recurrente, en lo relativo a la imposibilidad de presentación de medios probatorios por parte del patrono y la inexistencia del derecho a la prueba.
Sala Constitucional, Expediente 14-1155, Magistrado Ponente: Lourdes Suárez, may.17/16