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Consideraciones sobre la apelación de sentencias interlocutorias
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia reiteró el criterio referido a que cuando la apelación de la sentencia interlocutoria no fuere decidida antes de la sentencia definitiva, la parte interesada tendrá la facultad de hacerla valer nuevamente junto con la apelación de la sentencia definitiva, a la cual se acumulará aquella. En consecuencia, ante tal supuesto, corresponderá al mismo juez de alzada decidir tanto la apelación de la sentencia interlocutoria como la apelación de la sentencia definitiva. Asimismo, señaló que ante la falta de apelación de la sentencia definitiva se producirá la extinción de las apelaciones de las interlocutorias no decididas, puesto que se presume que la falta de apelación de la misma supone la conformidad del respectivo agraviado.

Sala de Casación Civil, Magistrado Ponente: Yván Bastardo, Expediente: 2015-000645, may. 24/16
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