Es criterio pacífico y reiterado de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia que la indefensión ocurre en el juicio cuando el juez priva o limita a alguna de las partes el libre ejercicio de los medios o recursos que la ley pone a su alcance para hacer valer sus derechos. De esta forma, para que se configure el vicio de indefensión, es necesario que la parte no haya podido ejercer el medio o recurso en defensa de sus derechos, como resultado de una conducta del juez que lo negó o limitó indebidamente o que se haya producido desigualdad.
Sala de Casación Civil del Tribunal, Magistrado Ponente: Yris Armenia Peña, Expediente: 2015-000434, nov. 13/15