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Incorporan al Ordenamiento Nacional Reglamento MERCOSUR sobre protectores solares
El reglamento aprobado tiene por objetivo establecer las definiciones, los requisitos técnicos, los criterios de rotulado y los métodos de evaluación de eficacia relacionados a productos (protectores solares) que se aplican en la piel y productos multifuncionales, para asegurar un elevado nivel de protección de la salud pública y establecer criterios de rotulado simples y comprensibles para orientar al consumidor a elegir el producto adecuado. A los efectos de este reglamento, se entiende por Protector Solar, cualquier preparación cosmética destinada a entrar en contacto con la piel y labios, con la finalidad exclusiva o principal de protegerla contra la radiación UVB y UVA; y Productos Multifuncionales, cualquier preparación cosmética destinada a entrar en contacto con la piel y labios, cuyo beneficio de protección contra la radiación UV no es la finalidad principal, pero es un beneficio adicional del producto.

Ministerio del Poder Popular para la Salud, Gaceta Oficial Extraordinaria 6192, Resolución 335, jul. 16/15
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