La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Resolución N° 2026/0005, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 43.435 de fecha 12 de agosto de 2026, decidió establecer la jurisdicción civil especial para la atención de las personas afectadas por el doble terremoto. A tal efecto, resolvió asignar, transitoriamente, a los Tribunales civiles la jurisdicción especial a nivel nacional para conocer de los asuntos relacionados con la personalidad jurídica, estado y capacidad de las personas, derechos reales, personales, sucesorales, propiedad inmobiliaria y, en general, todos los asuntos de naturaleza civil que se generen como consecuencia de los eventos sísmicos del 24 de junio de 2026, a excepción de los que involucren niños, niñas y adolescentes, los cuales serán conocidos por los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sean legitimados activos o pasivos en el proceso. La resolución permanecerá en vigencia mientras subsistan las circunstancias que motivaron su adopción o hasta que la Sala Plena expresamente acuerde lo contrario.