A través del Decreto N° 5127, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 6905 Extraordinario de fecha 08 de mayo de 2025, se exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta a los enriquecimientos obtenidos por los tenedores, personas naturales y jurídicas residenciadas o domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de las inversiones que realicen en títulos valores u otros instrumentos de similar naturaleza emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela. La duración de este beneficio fiscal será de un año y se aplicará al ejercicio fiscal que se encuentre en curso, a partir de la entrada en vigencia de esta norma.