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Exoneran del pago del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Sobre la Renta a las operaciones del Plan de Dotación Escolar
Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales efectuadas dentro del Plan de Dotación y Distribución Escolar 2025-2026, así como del pago del Impuesto Sobre la Renta, a los enriquecimientos de fuente territorial obtenidos por las personas jurídicas domiciliadas en el país, provenientes de las actividades de comercialización de dichos bienes. El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración será de un año. El beneficio fiscal fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 43.204 de fecha 02 de septiembre de 2025, mediante el Decreto N° 5.161.
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