Se oficializó en la Gaceta de la República Bolivariana de Venezuela N° 6924 Extraordinario de fecha 08 de agosto de 2025, el Decreto N° 5157 que declara el estado de Emergencia Económica en el territorio nacional, en razón de las circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la economía del País, a fin que el Ejecutivo Nacional adopte las regulaciones y medidas urgentes, excepcionales y necesarias para preservar el equilibrio económico y garantizar a la población el pleno disfrute de sus derechos. Como consecuencia, establece el decreto que el Presidente de la República podrá dictar todas las medidas que considere necesarias en el orden social, económico o político. Su duración es de 60 días a partir de su publicación en el órgano oficial, prorrogable por igual lapso, y se remite a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que se pronuncie sobre su constitucionalidad, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Estados de Excepción.