Prohíben envío de alimentos, productos de higiene, limpieza y medicamentos por medio de operadores postales
La Presidencia de la República, mediante el Decreto 782, prohibió el envío de productos desde Venezuela hacia Colombia, por medio de encomiendas particulares, bien sea a través de operador postal público o de operadores postales privados, empresas dedicadas a actividades de encomienda o correos, o empresas de transporte de personas o de carga. Los artículos que no se podrán enviar son los alimentos frescos o procesados, y bebidas en todas sus presentaciones; productos de higiene personal, de limpieza de hogar, insecticidas domésticos y similares; medicamentos, así como material médico quirúrgico y equipos médicos.
Presidencia de la República, D. 782, GO 40351, feb. 7/14